martes, 12 de mayo de 2015

Límites internos en el Ecuador


En la Constitución de la República del Ecuador, establecida en el 2008, se determina en el Art. 242 a las regiones, provincias, cantones y parroquias rurales, como los niveles de organización territotial del Estado; es decir, se constituye la "división político-administrativa" del país. En este sentido, para instrumentar con lineamientos, normas y procedimientos para la adecuada solución de conflictos de delimitación,  se emite en abril del 2013, la Ley para la fijación de límites territoriales internos, en la que se establece los mecanismos posibles de acuerdo a la complejidad del conflicto. Además, se instaura el plazo en el que las autoridades de los Gobiernos Autónomos Descentralizados deben finiquitar cualquier diferencia entre territorios.

La fecha establecida como límite máximo para la resolución de conflictos y su presentación en el Comité Nacional de Limites Internos (CONALI), fue el 16 de abril del presente año. Al respecto "se detectaron 746 conflictos territoriales: 22 provinciales, 171 cantonales y 553 parroquiales", de los cuales 71 casos se encuentran en proceso de análisis y pueden ser resueltos por arbitraje territorial, resolución institucional o consulta popular, de acuerdo establezca el informe del Comité.


Para mayor información de puede consultar en los siguientes links:


http://www.politica.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2013/10/Ley-para-la-fijacion-de-limites-internos.pdf

https://www.facebook.com/pages/Comit%C3%A9-Nacional-de-L%C3%ADmites-Internos/1571751459779935?fref=ts

http://www.eluniverso.com/noticias/2015/05/03/nota/4831291/raul-munoz-poblacion-influyo-falta-acuerdos-definir-limites

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